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La mediación es un proceso totalmente voluntario, nadie puede obligar a las partes a asistir a un proceso de mediación sin su consentimiento.
Una vez iniciado el proceso, tampoco resulta obligatorio seguir asistiendo a las sesiones, sino que es posible desistir en cualquier momento si aprecia que no es viable continuar.
En contraposición a los procesos judiciales, cuya resolución definitiva puede tardar años, el proceso de mediación puede durar días, semanas o meses, dependiendo de la complejidad del asunto y el comportamiento de las partes.
Se establece una media aproximada de número de sesiones que oscila entre las 5 y las 12, asegurando una resolución del proceso más agil, lo que supone una menor incertidumbre y un menor agotamiento para los usuarios.
En absoluto. Las partes son las verdaderas protagonistas del proceso y solo se alcanzará un acuerdo total o parcial si las partes están realmente convencidas. Nadie puede obligar a las partes a llegar a un acuerdo durante un proceso de Mediación. Ni el juez, ni el mediador ni la otra parte.
Si fuera imposible que las partes alcancen un acuerdo durante el proceso, no pasaría absolutamente nada, ya que siempre va a quedar abierta la posibilidad de asistir a los juzgados o a otros procedimientos como el arbitraje.
Aunque no se alcance un acuerdo durante el proceso, la Mediación puede ofrecer muchos beneficios como la mejora de la comunicación, la escucha o el simple paso de haber intentado alcanzar un acuerdo con la otra parte.
La validez del acuerdo durante un proceso de mediación podrá tener la misma validez que una sentencia judicial, en el caso de que se eleve a escritura pública o se homologue por un tribunal, adquiriendo carácter ejecutivo.
Esto quiere decir que si una parte incumple el acuerdo, la otra podría asistir a la vía judicial directamente para solicitar el cumplimiento del pacto firmado, acortando mucho los plazos al tener una mayor seguridad jurídica.
La validez del acuerdo, en el caso de que no quiera procederse a elevar a escritura pública, será la de un acuerdo firmado entre las partes rubricado con la firma de un mediador profesional.
(Haz click aquí si quieres un poco más de información: validez del acuerdo alcanzado.)
En el proceso de Mediación, las partes deben acudir personalmente sin la presencia de sus abogados, pero se aconseja que los letrados, en el caso de que los hubiera, les acompañen a la primera sesión informativa.
Los abogados seguirán siendo los asesores jurídicos de las partes, por ello es necesario que conozcan los posibles acuerdos.
El mediador NO decide sobre el conflicto, únicamente las partes serán las encargadas de alcanzar un posible acuerdo.
El mediador es una figura imparcial y neutral, que únicamente se encargará de dirigir el proceso, facilitando la comunicación y acercando las posturas para que las partes puedan generar diversas opciones que pongan fin a su conflicto.
La confidencialidad en el proceso de mediación es un principio básico y se firma el deber de confidencialidad al inicio del proceso.
Este deber de mantener el secreto de lo tratado durante las sesiones afecta tanto a las partes como al mediador, y no podrá ser utilizado en un hipotético juicio posterior.
Si existiera un juicio pendiente en el momento que se solicitara la Mediación, se podría pedir la suspensión del procedimiento judicial para tratar el asunto en una mediación fuera de los Juzgados, o por otro lado, podrían solicitar la Mediación intrajudicial en el caso de que estuviera instaurada en Juzgado, dejando a criterio del Juez la posibilidad de iniciar un proceso de Mediación si fuera adecuado.
Soy Mediador Familiar y me he especializado en asuntos como divorcios, separaciones, convenios reguladores, herencias y Empresa Familiar. Mi labor se centra en facilitar el diálogo, ayudar a las partes a acercar posturas y conseguir acuerdos más pacíficos y beneficiosos.
¡Los menores siempre lo primero!
Apuesta por los acuerdos y por la comunicación en momentos difíciles
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Macarena Oliva2024-06-06 profesional, con una gran capacidad para entender perfectamente el problema, permitiendo sentir respaldo y acompañamiento desde el primer momento. Es de agradecer la comprension y empatia hacia el cliente y resaltar la forma tan natural con la que aborda el conflico, que consigue crear una gran calma y confianza en su resolucion. María Isabel Hernández García2024-06-05 Marco es un gran profesional. Buen trato, cercanía y muy resolutivo. Está pendiente de todo en todo momento. Muchas gracias por todo. RIM ALOUI2024-06-03 Marco A. es un gran profesional. 100% recomendado. Yassin Mamdouh Atire2024-05-31 Marco es un verdadero profesional! Destacar sobre todo la cercanía que da y la seguridad. Supo resolver nuestro problema de manera sencilla y eficaz. Recomendable al 100%. Jose Manuel Cazorla de la Torre2024-05-24 Muy amable y con dedicación. Siendo temas difíciles de gestionar ha estado muy bien Esther Suárez2024-05-20 Contacté con Marco porque estoy empezando como mediadora y quería que me diera su visión desde su experiencia. Enseguida pude hablar con él, es una persona muy cercana y me resolvió muchas dudas. Es de agradecer, en este mundo tan acelerado, dar con personas que se interesan de esa forma por los demás. Muy recomendable!! Francisco Hernandez Baro2024-04-11 Profesional y humano al mismo nivel Raúl2024-04-04 Contactamos con él por las reseñas de google. Es un excelente profesional. Se implicó en nuestra situación y nos ayudo en todo. Emilio Cívico Delgado2024-03-06 Marco es un verdadero profesional. Contacté con Marco con dudas de diversa índole relacionadas en el ámbito del derecho, y consiguió resolverlas todas en un plazo corto de tiempo. Adicionalmente, hizo personalmente seguimiento de los procesos que inicié tras su consulta, manteniéndome informado y ayudándome a lo largo de los mismos. En definitiva, recomendaría siempre a Marco.
622.75.87.29
marco@marcomediacion.es
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