Conflictos entre vecinos y Mediación
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¡Hola a todos!
En el siguiente post vamos a comentar la problemática que surge en las comunidades de propietarios, los diversos conflictos que se plantean entre vecinos y las formas más adecuadas de resolverlos. ¡Te lo contamos en el siguiente artículo!
¿Cómo resolver conflictos vecinales?
Con las últimas reformas que ha ido sufriendo la Ley de Propiedad Horizontal de nuestra legislación, se pone de relieve la intención de reconocer por parte del legislador, la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos como vías eficaces y se marca como objetivo incentivar dichos métodos, como la Mediación vecinal, para resolver cualquier conflicto referente a esta ley, no sólo teniendo en cuenta la vía judicial que conocemos tradicionalmente.
En la actualidad, teniendo en cuenta la situación de colapso que viven los juzgados españoles, el uso de vías como la Mediación, la negociación, el arbitraje o la conciliación beneficiaría en gran medida la justicia de nuestro país, aportando una serie de beneficios a los ciudadanos, si tenemos en cuenta las numerosas ventajas que ofrecen dichos métodos.
¿Qué ventajas tiene la Mediación a la hora de resolver conflictos vecinales?
Ventajas como el ahorro económico, la agilidad del proceso, la confidencialidad, la flexibilidad procedimental y el protagonismo de las partes para alcanzar una solución pactada, ayudan a que la Mediación se vaya haciendo un hueco cada vez mayor en nuestra sociedad actual y se fomente la cultura del acuerdo.
Un campo donde encontramos un alto grado de conflictividad es el relacionado con los contratos de alquiler; conflictos relacionados con el impago de cuotas, la realización de obras no consentidas, o en las comunidades de vecinos, son situaciones usuales que amenazan a las partes inmersas en el conflicto con un proceso judicial en el caso de que no lleguen a una solución consensuada.
Los sujetos que suelen ser protagonistas en estas situaciones, son personas que normalmente no tienen una relación de amistad, ya que únicamente les une un contrato de arrendamiento; un papel firmado que recoge los derechos y obligaciones de ambas partes y, que actúan movidos por sus propios intereses.
Si tenemos en cuenta los datos que ha publicado el Instituto Nacional de Estadística, podemos ver como disminuye en España el número de viviendas en propiedad y se incrementa el número de viviendas en alquiler.
Por esta razón, se intenta promover las vías para la resolución de controversias en este ámbito y evitar así, el inicio de procedimientos judiciales largos, caros y tortuosos, oscilando el promedio de duración de estos procedimientos entre los ocho meses y el año de duración hasta la obtención final de la sentencia.
Un punto esencial a favor de la Mediación vecinal y los Medios alternativos de resolución de conflictos, es que preservan las relaciones de las partes en conflicto, adquiriendo ellas el protagonismo del proceso, contando en todo momento con un mediador profesional que se encarga de encauzar el procedimiento, creando un espacio de diálogo donde pueden expresar sus puntos de vista libremente, ya que gran parte de los conflictos se deben a una mala comunicación.
Se pretende con esta herramienta, cooperar entre todas las partes intervinientes para alcanzar resultados y evitar la confrontación, fomentando la autogestión de los conflictos vecinales, la cultura de paz y reforzando las relaciones, tratando en todo momento de preservar las relaciones existentes, y que puedan seguir beneficiándose de las relaciones jurídicas, comerciales y personales que tuvieran las partes, evitando la confrontación y la adversarialidad.
Se obtienen con la Mediación, herramientas para evitar conflictos vecinales futuros y el enquistamiento de pequeñas disputas que pueden derivar en tremendos enfrentamientos, garantizando que las partes puedan dar satisfacción a sus respectivos intereses eliminando la conflictividad.
La Mediación vecinal es un proceso en el que participan las partes afectadas de manera totalmente voluntaria, pudiendo alcanzar un acuerdo que no les viene impuesto, presentándose la figura del mediador como un tercero ajeno al conflicto que incentiva el buen desarrollo del proceso, agiliza, se encarga de acercar las posturas, pero en ningún caso podrá imponer la solución al conflicto que se suscita.
La diferencia más importante con el arbitraje inmobiliario, es que en este, será un tercero, el que tendrá que imponer la solución.
Futuro de los Medios alternativos de resolución de conflictos en el ámbito de las comunidades de vecinos
Un elemento esencial, a mi entender para el avance de este tipo de procesos, es la necesidad de dejar constancia de la voluntad de utilización de esta forma de resolver cualquier controversia que surja, previo al inicio del conflicto, siendo lo ideal para temas de Comunidades de Propietarios que apareciera reflejado en los Estatutos, para vinculaciones futuras a terceros, así como la introducción de cláusulas de remisión a medios alternativos de resolución de conflictos vecinales en el contrato.
Si tras estas actuaciones la Mediación vecinal fracasara, se puede acudir al arbitraje o a la vía judicial, ya no siendo las partes involucradas las que acuerden una solución directamente sino que será un tercero, bien árbitro o juez el que acuerde la solución al problema
Para concluir, y a modo de reflexión, considero que la figura del Administrador de fincas es uno de los profesionales que se encuentran más cualificados para la realización de labores referentes la mediación inmobiliaria, al contar con la suficiente formación, una sobrada experiencia y la habilidad que se presume en esta figura para la resolución de conflictos en este campo de actuación, que va creciendo cada vez más con el paso de los años.
(Más información sobre la figura del administrador de fincas y sus habilidades mediadoras aquí)
Para aportar mayor seguridad a los ciudadanos y , con el fin de que estos medios alternativos vayan calando en la sociedad, resultará necesario la cualificación de los mediadores encargados en la resolución del conflicto, siendo necesario que se trate de un profesional competente, con la titulación específica que la Ley exige y con el plus de una experiencia contrastada en los temas a tratar.
Estaremos atentos a cómo van avanzando estas vías de resolución de conflictos vecinales y, en especial, la Mediación vecinal, una herramienta con un potencial excelente y, que en un años podrá ir mostrando a la sociedad todas sus ventajas. (Ver este artículo sobre Mediación vecinal)
Aboguemos por la cultura del acuerdo, porque;
“Más vale un mal acuerdo que un buen pleito”
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Marco Antonio Manzano Palomero
Abogado, mediador y experto en A.D.R
Bibliografía;
http://economia.elpais.com/economia/2016/02/05/vivienda/1454665461_377058.html
http://www.lavanguardia.com/economia/20150516/54431678575/los-administradores-de-fincas-apuestan-por-la-mediacion-inmobiliaria.html
http://www.enmediacion.es/mediacion-entre-propietarios-e-inquilinos/
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